El día de hoy se celebra el Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) y la Oficina De Seguridad y Medio Ambiente de la FIM, hace hincapié a la importancia de promover la seguridad y salud en la facultad.
Este viernes 28 de abril se celebra el Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), conmemoración internacional promovida por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) destinada a promover tanto la seguridad y la salud en el trabajo. El Perú no es ajeno a esta fecha pues mediante D.S. N.º 010-2001-TR se acogió la celebración en mención.
El Convenio 155 de la OIT, Convenio sobre Seguridad y Salud de los Trabajadores, dispone en su artículo 16 que debe exigirse a los empleadores que, en la medida en que sea razonable y factible, garanticen que los lugares de trabajo, la maquinaria, equipo, operaciones y procesos que estén bajo su control sean seguros y no entrañen riesgo alguno para la seguridad y salud de los trabajadores.
Lo mismo se establece respecto a los agentes químicos, físicos, biológicos, disergonómicos y psicosociales que estén bajo el control de los empleadores.
La norma internacional mencionada recoge el deber de prevención del empleador como titular de la organización en la que se desempeñan los trabajadores, el cual tiene como contrapartida el derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Este deber de prevención se contempla también en nuestro ordenamiento legal (Ley N.º 29783: Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento, el Decreto Supremo N.º 005-2012-TR).
¿Qué ocurre cuando el empleador incumple con el mencionado deber de prevención?
El artículo 53 de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo señala que dicho incumplimiento genera la obligación de pagar a las víctimas o a sus derechohabientes las indemnizaciones correspondientes por los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.
Igualmente, el artículo 94 de su Reglamento, indica que la imputación de la responsabilidad al empleador por incumplimiento de dicho deber requiere que se acredite que la causa determinante del daño es consecuencia directa de la labor desempeñada por el trabajador y del incumplimiento por parte del empleador de las normas de seguridad y salud en el trabajo.
En otras palabras, el empleador deberá incumplir con su deber de prevención para que responda frente al trabajador. No se trata de una responsabilidad automática como lo sostiene la jurisprudencia laboral.
El Tribunal de Fiscalización Laboral, máxima instancia en materia inspectiva, viene aplicando las pautas de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento para determinar la responsabilidad del empleador por accidentes de trabajo, al señalar que, la determinación de la responsabilidad administrativa del empleador respecto a un accidente de trabajo se supedita a que se establezca la existencia del nexo causal:
- 1ero. entre el incumplimiento de la normativa en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) y su configuración y,
- 2do. en un accidente de trabajo materia de inspección, si la conducta atribuida al empleador no guarda causalidad adecuada para producir el siniestro, no puede ser calificada como una infracción.
Finalmente, en esta fecha que tiene lugar cada 28 de abril, se pretende promover la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales en todo el mundo.
Así mismo evaluar los avances que se ha logrado en materia de seguridad y salud ocupacional en la Facultad de Ingeniería Mecánica.